Empezar tu negocio sociedad o autónomo

sociedad o autonomo

 

Una de las preguntas más frecuentes que nos hacen nuestros clientes a la hora de emprender es, que forma jurídica es más interesante y tiene más ventajas tributarias. Hemos de decir que la respuesta es relativa, y que siempre se ha de exponer el caso a fondo para tomar una buena decisión. La elección depende de muchos factores que te exponemos en el siguiente artículo:

Iniciativa colectiva o en solitario

Parece evidente, si la actividad la vas a realizar por cuenta propia, de forma habitual y personalmente lo lógico es que te hagas autónomo. Ya que el único implicado vas a ser tú. En este caso estarás obligado a liquidar el Impuesto de las Personas Físicas IRPF.

Si por el contrario la iniciativa de emprendimiento pertenece a un colectivo, lo normal sería constituir una sociedad o modelo asociado. Explicamos con detalle que forma jurídica te interesa más dependiendo del número de socios, del capital aportado y teniendo en cuenta el grado de responsabilidad que recae sobre el patrimonio. Si te interesa puedes leer el anterior post: ¿Qué tipo de forma jurídica me interesa más?

Costes

Es otro de los factores a tener en cuenta cuales son los costes administrativos , notariales y fiscales.

En este punto una sociedad tiene una clara desventaja. En el caso de las sociedades la burocracia a seguir es más compleja que en el caso de los autónomos que no requieren de ningún proceso previo de constitución. El alta en autónomo es un proceso sencillo y rápido. En el caso de la empresa se requiere de trámites notariales como la inscripción de la empresa en el registro mercantil, la redacción de los estatutos sociales y la firma de la constitución de la empresa. Estos trámites pueden ascender a unos 1000€.

Bonificaciones

Debes de tener en cuenta las bonificaciones a las que te puedes acoger en la cuota de autónomos. En el caso del autónomo societario, éste no tiene derecho a la cuota de tarifa plana siendo considerablemente más costosa la cuota mensual.

Rendimiento NETO

Lo normal es que en primer lugar te des de alta como autónomo y una vez se haya consolidado el negocio pases a constituir la sociedad. En el caso de que de antemano conozcas cual es el rendimiento NETO de tu negocio es posible que te interese directamente crear la sociedad. Cuánto más ingreses menos te interesa ser autónomo.

Quién responde ante las deudas

Es otro de los puntos a tener en cuenta, en el caso del autónomo hay más posiblidades de responder ante las deudas contraídas de forma ilimitada, recayendo sobre el mismo toda la responsabilidad. En el caso de que el autónomo esté casado en régimen de bienes gananciales deberá de responder ante la deuda con el patrimonio familiar.

Es una de las ventajas de las SL, aquí se responde con el capital aportado.

Cobrar por tu trabajo

¿Cómo vas a obtener los ingresos? Es otra de las preguntas clave. En el caso de los autónomos se crearán facturas para cobrar los trabajos realizados.

En el caso de los autónomos societarios pueden darse estas opciones para cobrar por su trabajo:

– Mediante una factura con IVA a la empresa ya que la sociedad y el socio son dos personas jurídicas diferentes, y el socio tiene una actividad independiente a la sociedad.

– En el caso de no cumplir con los requisitos anteriores, el socio podrá disfrutar de una nómina por parte de la sociedad.

– Para las grandes empresas se utiliza otro sistema que es el de dividendos cada semestre, que son los beneficios declarados en la junta directiva.

 

Si necesitas más información sobre cómo empezar tu negocio como sociedad o como autónomo, puedes ponerte en contacto con nosotros. A través de nuestro formulario de contacto, o a través del tlf: 965 202 713; estaremos encantados de poder ayudarte.

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