IRPF Autónomos: ¿a qué sanción me enfrento si no presento la declaración del IRPF?

IRPF Autónomos: ¿a qué sanción me enfrento si no presento la declaración del IRPF?

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El IRPF es un impuesto que grava la renta de las personas físicas y se aplica sobre la renta natural en el caso de trabajadores asalariados. Todas las personas físicas que desarrollen actividades económicas deben presentar el documento tributario, especialmente los autónomos, que al desarrollar una actividad por cuenta propia están obligados a presentar la declaración del IRPF.

El IRPF es un impuesto progresivo, es decir, a mayor renta, más pagas. Se puede calcular cuánto pagas a partir de una serie de porcentajes establecidos por Hacienda. Por ejemplo, si eres un nuevo autónomo y durante el año pasado no realizaste actividad profesional alguna, tendrás que pagar el 7% los tres primeros años; si tienes una renta de hasta 15.000€, tributarás un 15% del IRPF, etc. Hay retenciones en casos puntuales que tributan al 19%, como rendimientos del capital mobiliario, rendimientos derivados de la cesión de imagen o arrendamiento de bienes muebles.

Para liquidar el IRPF trimestralmente deberás presentar el modelo 130 y el modelo 100. El modelo 130 es el documento que los autónomos que se encuentran en estimación directa deben presentar ante la Agencia Tributaria en el que liquidan el pago fraccionado del IRPF. Por otro lado, el modelo 100 es el modelo oficial para liquidar la totalidad del IRPF. Este modelo tiene en cuenta los pagos fraccionados del modelo 130 ya liquidados. El modelo 130 es trimestral y el modelo 100 es anual.

Dependiendo del resultado de la declaración, podrá variar la forma o lugar de presentación desde el banco o de forma telemática si obtienes un resultado positivo, o desde las oficinas de Hacienda, Correos o de forma telemática si obtienes un resultado negativo.

¿Qué pasa si no presento los modelos necesarios de IRPF?

Para quienes se decidan a presentar la declaración fuera de plazo deben saber que las sanciones varían en función del resultado de la declaración y de si son ellos o Hacienda quien advierte el error. Hacienda puede considerarlo infracción leve, grave o muy grave. A la diferencia entre el nuevo resultado y la declaración anterior se le aplicará un porcentaje que oscilará entre el 50% y el 150%.

El autónomo cuenta con el problema adicional de que el borrador no se guarda. La Agencia Tributaria no conoce sus ingresos por declaraciones del IVA o retenciones, por tanto, no podrá calcular los gastos de su actividad.

Como profesional autónomo, es primordial que sepas cómo se desarrolla el proceso de retención del IRPF pero, si no sabes cómo hacerlo, en Abogatio te ayudamos a realizar los modelos 100 y 130 y a resolver cualquier problema que se te plantee gracias a nuestro servicio de asesoría y gestoría para autónomos.

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