Ampliación del permiso de paternidad

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El pasado 1 de Enero de 2017 entró en vigor la ley 9/2009 del 6 de octubre, en la cual se recoge que el permiso de paternidad se modifica de 13 días a 28 días.

El nuevo permiso de cuatro semanas fue aprobado en 2008 por el Gobierno de Zapatero, pero no se llevo a cabo por falta de fondos. Es ahora, en 2017 cuando los padres se podrán beneficiar de esta nueva medida y disfrutar y cuidar a sus hijos junto con sus parejas en sus primeros días de vida.

 

¿Quién puede disfrutar de esta nueva medida?

Sólo podrán disfrutar de esta nueva medida los padres de los hijos nacidos a partir del 1 de Enero de 2017.

Surgía la duda con los nacidos o adoptados a finales de 2016 que sus padres comenzarían el permiso el 1 de Enero de 2017. Pero el INSS zanja cualquier duda al interpretar que el régimen jurídico aplicable es el vigente en el momento de acaecer el hecho que origina el derecho al descanso y motiva la suspensión del contrato de trabajo, estos es: la fecha del nacimiento, adopción o acogida y no el momento en el que se empiece a disfrutar del permiso, que puede ser en cualquier momento durante la baja de la madre.

 

¿Los padres de Familia o padres de hijos discapacitados tienen derecho a un permiso más amplio?

 En la anterior ley a la vigente, los padres de hijos de familia numerosa tenían 20 días, del mismo modo, si había un discapacitado entre ellos, también podían beneficiarse de 20 días de permiso en contraprestación de los 13 días.

Actualmente, el Ministerio de Empleo entiende que desde el pasado 1 de Enero de 2017, la regulación definitiva del permiso de paternidad es la contenida en el artículo 48 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Cito textualmente: “que no prevé la ampliación del permiso en los supuestos de familia numerosa o cuando en la familia haya una persona con discapacidad o sea el hijo adoptado o menor acogido el que la padezca”.

Por lo que con esta nueva normativa se equiparan todos los permisos de paternidad a 28 días. En este caso, no afecta que se trate de una familia numerosa, o que dentro de la familia exista una persona discapacitada.

 

 

 

 

 

 

 

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