Trámites legales para abrir un negocio de restauración

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A la hora de abrir nuestro propio negocio nos pueden atacar muchas dudas que a priori no sepamos resolver. Nos podemos preguntar: ¿Qué licencias necesito?, ¿Cómo puedo conseguir la autorización sanitaria?, ¿Qué debo hacer cuando el local no es propio?, etc.

Los bares, restaurantes, pubs, son comercios calificados como molestos, por eso, el Ayuntamiento tiene un especial cuidado a la hora de conceder licencias, las revisan siempre con un especial cuidado.

En el caso que nos ocupa, la apertura de un local de restauración, debemos tener en cuenta aspectos como qué tipo de local va ser, qué categoría va a tener o incluso la ubicación del mismo.

Documentación necesaria para abrir un restaurante

Necesitaremos documentación específica a la hora abrir el negocio.

 

  1. Licencia de Apertura

    (si anteriormente en ese local se ejercía otra actividad o es un local nuevo). Para conseguir la licencia de apertura deberemos obtener previamente documentos como:

Licencia municipal de obras (en el caso de que se haya necesitado efectuar una reforma o acondicionamiento del local), documento acreditativo de la persona física o jurídica del titular del negocio, certificado técnico de la normativa vigente contra incendios, certificación del ayuntamiento (que indique que el local se encuentra conectado a la red pública de agua y al vertido municipal ).

 

  1. Hojas de reclamaciones

Cualquier establecimiento que se encuentre cara al público debe de contar y anunciar visiblemente que tienen a disposición de los usuarios “hojas de reclamaciones oficiales”. Estas son facilitadas por los Servicios Provinciales Correspondientes.

 

  1. Libro de Inspecciones

Cada establecimiento debe de contar con un libro de inspección

 

  1. Carteles Obligatorios en el Local:

  • Horario de apertura y cierre del local (siempre dentro del legalmente establecido).
  • Prohibición de consumo y venta de bebidas alcohólicas a menores de 18 años.
  • Prohibición de dispensar tabaco a menores de 18 años.
  • Carteles de prohibido fumar en todo el establecimiento.
  • Condiciones del derecho de admisión.
  • Licencia de apertura del establecimiento.
  • Aforo del establecimiento.

Debemos recordar que todas las personas que estén en contacto con la comida deben de obtener el carnet de manipulador de alimentos.

En Abogatio somos expertos en esta materia, si tienes cualquier duda o cuestión que necesites resolver, no lo dudes y ven a visitarnos.

Encontrarás asesoramiento personalizado a cada cliente y cada negocio, con servicios y precios a tu medida. Tenemos un alto índice de satisfacción de nuestros clientes, los más de 20 años de experiencia en gestión y asesoramiento de empresas nos avalan.

 

 

 

 

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