Asesoría laboral, que hacer frente a un despido

Cómo actuar frente a un despido. Asesoría laboral.

 

asesoría laboral

 

Hoy vamos a hablar de cómo debes actuar frente a un despido. Te vamos a enumerar una serie de cuestiones que debes tener en cuenta en caso de que te enfrentes ante dicha situación. Si tienes dudas recuerda que somos asesoría laboral y además ofrecemos servicios jurídicos:

  1. Debes siempre reclamar tu carta de despido. Si no estás conforme con el despido, siempre junto la firma debes añadir un “no conforme” y la fecha en la que firmaste la carta.
  2. Es importante que tú tengas una copia de tu contrato. En el caso de que la empresa se negase a darte una puedes ir al INEM a pedir una copia de forma urgente.
  3. Si te encuentras ante un despido verbal, y por supuesto no estás de acuerdo con lo ocurrido. Deberás acudir el mismo día a la inspección de trabajo a presentar una denuncia. Si dispones de testigos es conveniente que te acompañen.
  4. Siempre debes tener tu copia del finiquito. Antes de firmarla debes revisar que la liquidación está en regla y es realmente lo que te corresponde.

Lo qué debes saber.

 

  1. Debes estar bien asesorado, es conveniente que acudas a un profesional. Éste te informará bien de cuáles son tus derechos y tus obligaciones, así de como la forma de actuar. Debes saber que los plazos para impugnar un despido son de 20 días hábiles.
  2. Si debes devolver herramientas de trabajo, que la devolución quede por escrito.
  3. Si deseas pedir una prestación por desempleo, debes saber que dispones de 15 días desde la comunicación del despido.
  4. En el caso de que la empresa no haya presentado toda tu documentación ante la administración. Y no te sea posible pedir ninguna prestación, debes acudir de forma urgente a inspección de trabajo a presentar una denuncia. Y acudir con la misma a la oficina del INEM.
  5. Si te han despido mientras estabas de baja, debes pedir el abono de lo correspondiente a tu nómina directamente a la Seguridad Social o a la mutua de tu empresa. Una vez obtengas el alta tendrás derecho a reclamar tu prestación por desempleo.
  6. En el caso de que la empresa te deba vacaciones. Deberás disfrutarlas y acudir a la oficina del INEM una vez finalizado tu contrato. El importe mensual de la prestación por desempleo es el 70 % de la base reguladora mensual de la prestación en los seis primeros meses de derecho (180 días), pasando a ser el 50 % a partir de dicho período.

 

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